Movilidad empresarial

Ayudas Auto+: 50 millones para vehículos de empresa según su tecnología, precio y origen

El Real Decreto 609/2026 regula las bases del Programa Auto+, dotado con 400 millones de euros en 2026. La Línea 2 reserva 50 millones para empresas y autónomos, pero los importes anunciados son solo máximos: la tecnología, el precio y el componente industrial europeo determinarán cuánto recibe realmente cada vehículo.

Ayudas Auto+: cómo calcular cuánto cobrará realmente una empresa por cada vehículo
photo_camera Ayudas Auto+: cómo calcular cuánto cobrará realmente una empresa por cada vehículo

Una microempresa que compre un turismo eléctrico de 34.000 euros montado en Europa y con una batería que cumpla todos los requisitos del programa podrá cobrar 6.000 euros. Si ese mismo comprador elige un híbrido enchufable de precio similar sin puntuación industrial europea, cobrará 3.000. La mitad.

Ambos vehículos pueden entrar en el programa y lucir la misma etiqueta CERO, pero la subvención no será la misma. Esa es la principal novedad del Programa Auto+, cuyas bases recoge el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, publicado en el BOE el día 23.

No es un MOVES con otros importes: introduce una lógica de política industrial dentro de una ayuda a la compra. El dinero que percibe cada empresa depende de la tecnología del vehículo, de su precio y de dónde se ha realizado su montaje final y parte del proceso de fabricación de la batería.

Para las empresas, esto cambia la decisión. Dos modelos con un precio de catálogo parecido pueden acabar con un coste neto muy distinto. Y hay una segunda cuestión urgente: el real decreto no abre por sí mismo la ventanilla. Las ayudas se concederán mediante convocatorias aprobadas por orden ministerial. A cierre del 23 de julio de 2026, esa convocatoria todavía no se había publicado.

Como las solicitudes se resolverán por orden de entrada hasta agotar el presupuesto, el tiempo anterior a la apertura es el que una empresa tiene para preparar el expediente.

Quién puede solicitar la ayuda

La Línea 2 se dirige a:

  • Empresas con personalidad jurídica propia.
  • Autónomos y profesionales con actividad económica dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Los concesionarios y puntos de venta encuadrados en los epígrafes 615.1 y 654.1 del Impuesto sobre Actividades Económicas no pueden ser beneficiarios, aunque sí representar a sus clientes y tramitar las solicitudes.

La norma diferencia entre autónomos y microempresas, que acceden a máximos superiores, y el resto de empresas. Se considera microempresa la que ocupa a menos de diez personas y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual no supera los dos millones de euros.

La clasificación puede requerir algo más que mirar la sociedad compradora. Cuando existen empresas asociadas o vinculadas, se aplican las reglas europeas de cómputo agregado. Pertenecer a un grupo puede modificar la categoría empresarial y reducir el máximo disponible.

El solicitante deberá, además:

  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  • ​No tener obligaciones de reintegro pendientes con la Administración General del Estado.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación de ayudas declaradas ilegales.
  • No encontrarse en situación de empresa en crisis.
  • Disponer de margen dentro del régimen de minimis, cuyo límite general es de 300.000 euros por empresa única durante cualquier periodo de tres años.

El concepto de empresa única puede agrupar varias sociedades vinculadas, no solo el CIF que presenta la solicitud.

Primera acción: revisar la categoría empresarial, el saldo de minimis del conjunto vinculado, la situación tributaria y la existencia de posibles reintegros antes de elegir vehículo.

Qué vehículos entran

Son elegibles los vehículos con etiqueta CERO de la DGT pertenecientes a estas categorías:

  • M1 - Turismos y vehículos de pasajeros de hasta nueve plazas, incluido el conductor
  • N1 - Furgonetas y vehículos ligeros de mercancías
  • L3e, L4e y L5e - Motocicletas y determinados vehículos de tres ruedas
  • L6e y L7e - Cuadriciclos ligeros y pesados

Los N1 pueden superar los 3.500 kg y llegar hasta 4.250 kg cuando ese exceso se deba exclusivamente al mayor peso del sistema de propulsión y no aumente la capacidad de carga respecto al vehículo convencional equivalente. La previsión evita que determinadas furgonetas eléctricas queden fuera únicamente por el peso de las baterías.

Quedan excluidos los autobuses y autocares M2 y M3, los camiones y furgones N2 y N3 y cualquier vehículo sin etiqueta CERO.

La etiqueta permite acceder tanto a eléctricos puros y de pila de combustible como a eléctricos de autonomía extendida —EREV— e híbridos enchufables —PHEV—. Pero no reciben la misma puntuación.

La fórmula: tres criterios que se suman

La ayuda se calcula así:

Ayuda = importe máximo según el solicitante y la categoría del vehículo × suma de los porcentajes obtenidos en los tres criterios

 

Importes máximos por vehículo

Tipo de vehículo Autónomo o microempresa Resto de empresas Autónomo o microempresa elegible en la sublínea del Fondo Social para el Clima
M1 —turismo— 6.000 € 4.500 € 7.000 €
N1 —furgoneta— 7.500 € 5.000 € 12.000 €
L3e, L4e y L5e 1.100 € 1.100 € 2.000 €
L6e y L7e 1.500 € 1.500 € 2.000 €


La tercera columna corresponde a una sublínea especial cuyo acceso dependerá de los CNAE que seleccione la convocatoria. Solo admitirá eléctricos puros: los PHEV y EREV quedan excluidos. 

Criterio 1: grado de electrificación

  • Eléctrico puro o de pila de combustible: 50% del máximo.
  • Híbrido enchufable o eléctrico de autonomía extendida: 25%.

Criterio 2: precio

Para los turismos M1:

  • Hasta 35.000 euros: 25% adicional.
  • Más de 35.000 euros: 15% adicional.

Para el resto de categorías: 25% adicional.

El precio se calcula sin impuestos, después de descuentos e incluyendo extras, accesorios y servicios asociados a la venta.

Los M1 de hasta siete plazas no pueden superar los 45.000 euros. Los de ocho y nueve plazas no tienen ese tope, aunque superar los 35.000 euros reduce igualmente la puntuación económica. Las furgonetas N1 no tienen en estas bases un límite equivalente.

Criterio 3: componente industrial europeo

  • Montaje y terminación final en al menos una instalación industrial de la UE: 15% adicional.
  • ​En los PHEV y EREV, fabricación parcial de la batería en la UE, incluido al menos el ensamblaje del conjunto: 10% adicional.
  • En los eléctricos puros, ese 10% adicional exige también cumplir los requisitos de resiliencia de suministro y sostenibilidad ambiental establecidos en la norma.

Hasta 25 puntos porcentuales del importe máximo dependen, por tanto, de la huella industrial europea del vehículo y su batería.

Del 40% al 100% del máximo

Vehículo Sin puntuación europea Con montaje UE Con montaje y batería elegibles
Eléctrico M1 hasta 35.000 € 75% 90% 100%
Eléctrico M1 de más de 35.000 € 65% 80% 90%
Eléctrico N1, moto o cuadriciclo 75% 90% 100%
PHEV o EREV M1 hasta 35.000 € 50% 65% 75%
PHEV o EREV M1 de más de 35.000 € 40% 55% 65%
PHEV o EREV de otras categorías 50% 65% 75%

La horquilla es enorme. Por eso comunicar el programa únicamente como una ayuda de “hasta 6.000 euros” puede inducir a error.

Tres ejemplos para una microempresa o un autónomo:

  • Turismo eléctrico de 34.000 euros: entre 4.500 y 6.000 euros.
  • Turismo híbrido enchufable de 34.000 euros: entre 3.000 y 4.500 euros.
  • Furgoneta eléctrica N1: entre 5.625 y 7.500 euros; hasta 12.000 en la sublínea especial, cuando el solicitante y su CNAE resulten elegibles.

La conclusión comercial es que un vehículo algo más caro en catálogo, pero eléctrico puro, situado por debajo de 35.000 euros y con toda la puntuación industrial europea, puede acabar teniendo un coste neto inferior al de un enchufable aparentemente más barato.

Conviene pedir al proveedor un precio neto Auto+: Precio sin impuestos y después de descuentos menos ayuda estimada según la puntuación real del modelo más coste financiero, recarga y operación.

La Lista Blanca: el nuevo argumento de venta

La puntuación europea no la acredita la empresa compradora. Son los fabricantes o representantes de las marcas quienes deben presentar las declaraciones responsables.

Un modelo entrará en la Lista Blanca del Programa Auto+ cuando se haya presentado, al menos, la declaración de montaje y terminación final en Europa. Esa inscripción permite optar al 15% adicional.

Para obtener también el 10% vinculado a la batería, el modelo deberá contar con la segunda declaración y cumplir los requisitos correspondientes a su tecnología.

Los modelos que no aparezcan en la Lista Blanca podrán seguir siendo subvencionables si cumplen el resto de las condiciones, pero no recibirán los porcentajes europeos adicionales.

Para el comprador, esto significa que un modelo puede perder hasta 25 puntos porcentuales del máximo porque la marca no haya completado las declaraciones. Para fabricantes e importadores, la Lista Blanca se convierte en una herramienta comercial: quien tarde en registrar sus modelos dejará a sus concesionarios en desventaja.

Fabricar o ensamblar en Europa deja de ser solo un argumento reputacional para convertirse en una ventaja de precio cuantificable.

Compra, financiación, leasing y renting

La Línea 2 admite:

  • Compra directa.
  • Compra financiada.
  • Leasing financiero.
  • Renting o leasing operativo.

En renting y leasing, el vehículo puede estar matriculado a nombre de la compañía arrendadora, pero el contrato debe durar al menos tres años.

La empresa beneficiaria deberá conservar los recibos y, si se le requiere, acreditar el pago de las cuotas de los dos años posteriores a la concesión. Transcurrido ese periodo, la titularidad deberá seguir correspondiendo al beneficiario o a la empresa de renting o leasing.

Esto abre el programa a empresas que no quieren inmovilizar capital ni asumir el riesgo de valor residual, pero obliga a las compañías de renting a adaptar contratos, certificados y sistemas documentales.

Retroactividad, presupuesto y orden de llegada

La Línea 2 de 2026 dispone de 50 millones de euros:

  • 42 millones para empresas privadas.
  • 8 millones para autónomos.

Las bases permiten incluir operaciones anteriores a la apertura:

  • Vehículos nuevos matriculados por primera vez a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026.
  • Vehículos adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del fabricante o importador cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya producido desde el 1 de enero de 2025, siempre que no hayan pasado más de doce meses entre esa matriculación y la factura.
  • En las adquisiciones anteriores a la apertura de la convocatoria, la factura podrá no incorporar el descuento obligatorio de 1.000 euros asociado a Auto+.

No basta, por tanto, con afirmar que cualquier compra realizada desde enero es subvencionable. Deben cumplirse las condiciones de matriculación, el canal de adquisición y el resto de los requisitos.

La convocatoria concretará la fecha de apertura y cierre, las posibles sublíneas, los CNAE incluidos en el Fondo Social para el Clima, el sistema de presentación y cualquier documentación adicional.

Cuando se abra, las solicitudes se resolverán por orden de presentación. El sistema reservará provisionalmente el importe solicitado y las peticiones posteriores al agotamiento podrán pasar a una lista de espera.

No se seleccionarán los mejores proyectos: se atenderán las solicitudes elegibles conforme vayan entrando.

Además, algunos datos básicos del formulario sobre el solicitante, el vehículo y la operación no podrán corregirse mediante una subsanación ordinaria, salvo el número de cuenta. Determinados errores pueden obligar a desistir y presentar una nueva solicitud, perdiendo la posición en la cola.

Cuatro puntos críticos

El descuento del concesionario

Para vehículos nuevos M1 y N1, la factura deberá reflejar un descuento mínimo de 1.000 euros sin impuestos, identificado de forma inequívoca con el Programa Auto+.

Es adicional a la ayuda pública y reduce el precio utilizado para comprobar los umbrales de 35.000 y 45.000 euros. En una microempresa, bajar un turismo eléctrico de 35.100 a 35.000 euros puede elevar la ayuda en 600 euros.

La excepción afecta a las operaciones realizadas antes de la apertura de la convocatoria de 2026, cuya factura podrá no incorporar ese descuento.

La trazabilidad del pago

Los justificantes deberán identificar al solicitante, al receptor, la fecha efectiva, el vehículo y el importe.

No se admiten pagos en efectivo de 1.000 euros o más cuando alguna de las partes actúa como empresario o profesional. Los pagos fraccionados se computan conjuntamente.

En las compras financiadas habrá que aportar factura, contrato y certificado de la entidad financiera, con coincidencia entre vehículo, importe, prestatario, entidad ordenante y punto de venta.

El umbral de 30.000 euros

Cuando una persona jurídica acumule solicitudes que supongan una ayuda solicitada superior a 30.000 euros, deberá acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago a proveedores.

Para empresas que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada puede bastar una certificación del órgano de administración. Para otras podrá ser necesario un certificado de auditor o un informe de procedimientos acordados.

Cinco turismos de 6.000 euros suman exactamente 30.000 y no superan el umbral. Sí lo hacen seis turismos, cinco más cualquier ayuda adicional o tres furgonetas de 12.000 euros.

La permanencia

El vehículo debe mantenerse al menos dos años en titularidad del beneficiario —o de la compañía arrendadora—, matriculado en España y sin transmisión ni baja, salvo excepciones tasadas como robo o siniestro irreparable.

El incumplimiento puede provocar el reintegro íntegro con intereses.

El límite es de hasta diez vehículos para empresas con personalidad jurídica y de tres para personas físicas que desarrollan una actividad económica.

La forma jurídica determina el techo de vehículos subvencionables, pero no debería modificarse únicamente para acceder al programa sin analizar sus consecuencias mercantiles, fiscales y societarias.

La ayuda llega después

Auto+ no funciona como un descuento público inmediato en el concesionario.

La empresa debe cerrar y documentar la compra o el contrato, presentar después la solicitud y esperar a la resolución. El pago se realizará posteriormente mediante transferencia y la norma no establece un plazo específico más corto que el procedimiento general.

La empresa debe prever tesorería o financiación para sostener la operación, el IVA y el periodo de tramitación. También debe asumir que la solicitud puede ser denegada o que la ayuda final resulte inferior si el modelo no obtiene toda la puntuación europea estimada.

Auto+ reduce el coste final, pero no debería incorporarse al presupuesto como un ingreso asegurado antes de la resolución.

El programa tampoco subvenciona los puntos de recarga. La infraestructura debe presupuestarse aparte: potencia disponible, obra civil, ampliación de acometida, gestión dinámica y posibles sistemas de recarga en domicilios de trabajadores.

Qué preparar antes de la apertura

Sobre la empresa

  • Certificado digital y representante con poderes suficientes.
  • Certificado de titularidad bancaria.
  • Certificado de situación censal.
  • Certificado de ayudas de minimis de la BDNS y revisión de las empresas vinculadas.
  • Certificado del Registro Mercantil o poder notarial depositado.
  • Acreditación de plazos de pago a proveedores si se prevé superar 30.000 euros.

Sobre cada vehículo

  • Ficha técnica y permiso de circulación definitivos.
  • Factura correctamente redactada.
  • Justificantes de pago trazables.
  • Contrato de renting o leasing de al menos tres años, cuando corresponda.
  • Contrato y certificado financiero en las compras financiadas.

Información que debe aportar la marca

  • Categoría y tecnología exactas.
  • Precio sin impuestos después de descuentos.
  • Número de plazas.
  • Confirmación de etiqueta CERO.
  • Situación en la Lista Blanca.
  • Puntuación por montaje y batería.
  • Fecha y país de primera matriculación, cuando proceda.
  • Plazo de entrega.

Con esos datos, la decisión debería modelizarse en tres escenarios:

  • Conservador: sin puntuación europea.
  • Probable: con montaje europeo.
  • Máximo: con montaje y batería elegibles.

La operación debería seguir teniendo sentido en el escenario conservador.

Quién puede aprovecharlo mejor

Logística, distribución y servicios técnicos. Las N1 son el segmento con mayor intensidad potencial: hasta 7.500 euros para autónomos y microempresas y hasta 12.000 en la sublínea especial. Tienen aplicación directa en reparto, asistencia, mantenimiento e instalaciones.

Construcción e industria. Furgonetas de cuadrilla y unidades de asistencia técnica encajan en el programa. Debe comprobarse la carga útil real, porque el peso de la batería puede reducir la capacidad disponible para herramientas y mercancías.

Hoteles y transporte corporativo. Los M1 de ocho y nueve plazas no están sujetos al límite de 45.000 euros, lo que abre opciones para lanzaderas y transporte de trabajadores. Por encima de 35.000 euros, sin embargo, solo obtienen el 15% del criterio económico.

Comercio y servicios profesionales. Las microempresas con desplazamientos regulares pueden recibir hasta 6.000 euros por turismo. El límite será de diez vehículos cuando el beneficiario sea una sociedad y de tres cuando sea un autónomo persona física.

La pregunta correcta

El mayor error es quedarse en la tabla de máximos.

La pregunta útil no es cuánto ofrece Auto+ para una categoría, sino:

¿Qué porcentaje del máximo obtiene este modelo concreto, para este solicitante concreto y dentro de la convocatoria aplicable?

La activación inmediata pasa por revisar las operaciones realizadas desde enero de 2026, comprobar sus condiciones de matriculación, auditar el saldo de minimis y la categoría empresarial, identificar qué vehículos necesitan realmente una renovación, exigir a las marcas información sobre su presencia en la Lista Blanca y preparar el expediente antes de la apertura.

Para una microempresa con necesidad real de furgonetas eléctricas, la ayuda puede modificar de forma sustancial una decisión de inversión. Pero se paga después, el presupuesto se asigna por orden de llegada y la cantidad final depende de una fórmula que no todos los modelos completarán.

Las empresas que se preparen antes podrán presentar una solicitud completa desde el inicio y estimar con bastante precisión qué ayuda les corresponde, sin construir la inversión sobre un máximo que quizá no alcancen.