Se activa el 4º tramo de los avales ICO

El Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se activa el cuarto tramo de 20.000 millones de euros de la Línea de Avales para empresas y autónomos, adoptada por el Gobierno el pasado 17 de marzo.

El Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se activa el cuarto tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos, adoptada por el Gobierno el pasado 17 de marzo por importe de hasta 100.000 millones de €.

El nuevo tramo, de 20.000 millones de €, se destinará de forma íntegra a garantizar operaciones de pymes y autónomos, y mantiene las características, modo de tramitación, porcentaje de cobertura del aval (80%) y cuotas de reparto establecidos para los tramos anteriores. Con la aprobación de este nuevo tramo se han puesto a disposición de empresas y autónomos 80.000 millones de € para avalar la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico.

Los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, de 10 de abril , de 5 de mayo y de 19 de mayo establecen la activación de tres tramos de la Línea que se han distribuido de la siguiente forma:

  • Pymes y autónomos: 60.000 millones de euros
  • Empresas no pymes: 20.000 millones de euros

Adicionalmente, se han aprobado 4.000 millones de € para avalar las emisiones de pagarés en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y 500 millones de € para reforzar el reaval que CERSA concede a las Sociedades de Garantía Recíproca.

El objeto de los avales es que las empresas se financien para atender las necesidades de financiación como:

  • Pagos de salarios
  • Facturas de proveedores pendientes de liquidar
  • Alquileres de locales, oficinas e instalaciones
  • Gastos de suministros
  • Necesidad de circulante
  • Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

No podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.

La financiación avalada no podrá destinarse al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta ni a una finalidad diferente a la establecida.